SAT Declaración Anual

Todos los años las personas físicas contribuyentes tenemos la obligación de presentar un documento de suma importancia denominado declaración anual, relacionado al ejercicio fiscal inmediato anterior. Este documento representa un resumen de lo que ya se declaró a lo largo del año a través de los pagos provisionales (a excepción de las personas físicas que solo perciben ingresos por sueldos y salarios y asimilados que no tienen dicha obligación).

¿Estas listo para presentar tu declaración?

Agenda una llamada






    Tranquilo, estás en manos de profesionales.

    Recuerda que en caso de estar obligado a presentar la anual y no hacerlo, las autoridades hacendarias están facultadas para exigirle su presentación vía requerimiento además de que le impondrán una multa por dicho incumplimiento.

    La presentación en tiempo y forma de la declaración anual representa haber cerrado un ciclo fiscal y con ello tendrá la satisfacción personal de haber cumplido con sus obligaciones fiscales, hoy en día las autoridades fiscales han implementado herramientas electrónicas que nos permiten cumplir de manera ágil y sencilla con esta obligación, pero si lo requiere, no dude en recurrir a profesionales en la materia.
    N

    Evita problemas con tus obligaciones fiscales

    El hecho de omitir el pago del Impuesto sobre la Renta del ejercicio no es razón suficiente para considerar que un contribuyente incurrió en el delito de defraudación fiscal, sin embargo, cuando la omisión también se dé como consecuencia de engaños o el aprovechamiento de errores, se correrá el riesgo de ubicarse en el delito de defraudación fiscal, el cual puede ser sancionado con prisión que va desde los tres meses hasta los nueve años, dependiendo del monto de lo defraudado y cuando no sea posible determinar el monto de lo defraudado la sanción será de tres meses a seis años de prisión, además de lo antes señalado existen otros supuestos que son tipificados como defraudación fiscal, tales como:

    Consignar en las declaraciones deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los reales o realizar erogaciones superiores a los ingresos y no se compruebe ante la autoridad el origen de la discrepancia.

    Beneficiarse de un subsidio o estímulo fiscal sin derecho a ello.

    Omitir por más de doce meses las declaraciones que tengan el carácter de definitivas, así como la de un ejercicio fiscal.

    No debemos olvidar que en caso de que el monto de las erogaciones (gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito) realizadas en un año calendario sean superiores a los ingresos declarados por el contribuyente, las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal por parte de las autoridades fiscales, el cual tiene como propósito fundamental la determinación de impuestos a cargo del contribuyente para su posterior liquidación.

    Las citadas erogaciones se presumirán ingresos tanto para personas físicas que no estén inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, o que estándolo, no presenten las declaraciones a las que están obligadas, o bien que las declaraciones presentadas reporten ingresos inferiores a las citadas erogaciones, en el caso de las personas físicas inscritas en el régimen de sueldos y salarios y que no estén obligadas a presentar dicha declaración, se considerarán como ingresos los declarados por el retenedor.

    ¿Sabías que la declaración nos permite agregar a nuestros gastos las deducciones personales…?

    Colegiaturas

    Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios para casa-habitación

    Aportaciones complementarias de retiro, a planes personales de retiro o la subcuenta de aportaciones voluntarias
    Transportación escolar de los descendientes en línea recta, cuando esta sea obligatoria
    Gastos funerarios
    Donativos
    Primas de seguros de gastos médicos
    Honorarios médicos, dentales y hospitalarios.

    Nunca hagas cosas que parezcan malas…

    Derivado de lo antes comentado, es necesario tomar en cuenta que hoy en día no basta con vigilar que nuestras deducciones cumplan con los requisitos fiscales que impone la autoridad, sino también vigilar que todas las transacciones que realicemos a lo largo del año no nos hagan caer en supuestos de la autoridad que eventualmente nos pudieran llevar a ser motivo de la citada discrepancia fiscal, por lo tanto operaciones tales como prestamos, donativos, ventas de automóviles entre otros, debemos de analizar su efectos fiscales antes de realizarlas.

    SAT Declaración Anual

    Realizamos el reporte de ingresos y egresos generados durante el año, a fin de evitar dificultares con el Servicio de Administración Tributaria.

    Asesoría Fiscal

    Gestionamos profesional y eficientemente el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.

    Asesoría financiera

    Te ayudamos a tomar las mejores desiciones en materia financiera y obtener la mejor rentabilidad en tus recursos.

    Despacho contable

    Somos profesionales en administración, contabilidad, finanzas y materia tributaria. Nuestro equipo de contadores te dará la atención personalizada, y resolverá todas tus dudas de manera profesional y ética.

    Contabilidad Fiscal

    Realizamos la gestión oportuna del pago de impuestos.
    Actualizados en las las nuevas reformas fiscales y contables.
    RMG Despacho Contable Fiscal

    Cuéntanos tus inquietudes sin compromiso, será un placer asesorarte.

    9 + 12 =